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El Código de Derecho Canónico de 1917 no es un documento infalible
OBJECIÓN: El Código de Derecho Canónico de 1917 permite la sepultura cristiana a los catecúmenos no bautizados y enseña el bautismo de deseo.
RESPUESTA: Como hemos señalado antes, el Código de Derecho Canónico de 1917 no es un documento infalible. Definitivamente el Código de 1917 no es un pronunciamiento ex cathedra (desde la Cátedra de Pedro) porque no obliga a toda la Iglesia, sino sólo a la Iglesia latina (no a las de ritos orientales), según lo estipulado en el canon 1 de Código de 1917.
Un Papa habla infaliblemente desde la Cátedra de Pedro cuando su enseñanza sobre fe y costumbres obliga a toda la Iglesia, lo que el Código de 1917 no hace:
Así, por ejemplo, la proposición del canon 737 del Código de 1917 que dice que el bautismo es necesario “al menos en deseo” para la salvación, no es obligatoria para la Iglesia universal ni está respaldada por la infalibilidad. Respecto a la ley del canon 1239, que dice que puede darse sepultura cristiana a los catecúmenos no bautizados, contradice toda la tradición de la Iglesia católica de 1900 años acerca de si las personas sin bautizar pueden recibir sepultura cristiana.
Desde la época de Jesucristo y en toda la historia, la Iglesia católica universalmente se rehusó dar sepultura eclesiástica a los catecúmenos que morían sin el sacramento del bautismo, como lo admite La Enciclopedia Católica:
Esta es la ley de la Iglesia católica desde el principio y durante toda la historia. Por tanto, puesto que este tema está ligado a la fe y no solamente a la disciplina; o la Iglesia se equivocó desde el tiempo de Cristo por rehusar el entierro eclesiástico a los catecúmenos que morían sin el bautismo o el Código del 1917 está errado al concederlo. Es lo uno o lo otro, porque el Código de 1917 contradice directamente la ley constante y tradicional de la Iglesia católica durante diecinueve siglos en este punto que está ligado a la fe. La respuesta es, obviamente, que el Código de 1917 está errado aquí y no es infalible; y la ley de la Iglesia católica de negar durante toda la historia el entierro eclesiástico a los catecúmenos está correcta. De hecho, es interesante notar que la versión en latín del Código de 1917 contiene muchas notas de pie de página de Papas, concilios, etc., para mostrar de dónde fueron derivados ciertos cánones. El canon 1239.2 sobre dar sepultura eclesiástica a los catecúmenos no bautizados no tiene nota de pie de página, ni se remite a ningún Papa, ley anterior, ni Concilio, ¡simplemente porque no hay nada en la tradición que lo respalde!
La Enciclopedia Católica (1907) cita un interesante decreto del Papa Inocencio III en donde comenta sobre la ley tradicional, universal y constante de la Iglesia católica desde el principio que negaba la sepultura eclesiástica a todos quienes morían sin el sacramento del bautismo.
Tampoco el Código de 1917 es disciplina infalible de la Iglesia, como lo demuestra el hecho que contiene una ley que contradice directamente la disciplina infalible de la Iglesia desde el comienzo sobre una cuestión vinculada a la fe. La bula concreta que promulgó el Código de 1917, Providentissima Mater Ecclesia, no fue firmada por Benedicto XV, sino por el cardenal Gasparri y el cardenal De Azevedo. El cardenal Gasparri, secretario de Estado, fue el principal autor y compilador de los cánones. Algunos teólogos argumentarían que sólo las disciplinas que obligan a toda la Iglesia – a diferencia del Código de 1917 – están protegidas por la infalibilidad de la autoridad de gobierno de la Iglesia, un argumento que parece apoyarse en la siguiente enseñanza del Papa Pío XII:
Esto significaría que una ley disciplinaria no es una ley de la Iglesia “católica” (es decir, universal), a menos que ella obligue a la Iglesia universal. Pese a todo, el Código de 1917 no goza de infalibilidad. Esto se muestra por los siguientes cánones.
1) El Código de 1917 enseña que los herejes pueden estar de buena fe.
Un hereje, por definición infalible, está de mala fe y atrae sobre su cabeza el castigo eterno.
Una persona de buena fe que yerra inocentemente sobre un dogma (libremente e impropiamente llamado un “hereje material” en las discusiones teológicas), no es un hereje, sino un católico que yerra de buena fe. Así que la afirmación contenida en el Código de 1917 sobre los herejes y cismáticos de buena fe es, sin duda, definitivamente errónea teológicamente y ello prueba que no está protegido por la infalibilidad.
2) ¡El Código de 1917 enseña que los católicos pueden estar presentes en formas de culto no católicos, incluyendo las bodas de los no católicos y los funerales no católicos!
Nota: este canon no está hablando de las misas católicas o del culto católico presidido por un hereje, sino de (falsos) cultos y ritos de acatólicos o no cristianos. ¡Esto es escandaloso! Este canon permite asistir y estar presente en una sinagoga judía o en un templo budista o en un servicio luterano, etc., etc., etc., para la boda o un funeral de infieles o herejes, ¡con tal que no se participe activamente! Esto es ridículo, porque salir de su camino para estar presente en este tipo de servicios donde se realiza un culto falso (con el propósito de honrar o complacer a la persona implicada en él) es un escándalo en sí mismo. Ello es honrar a una persona que está pecando contra el primer mandamiento. Asistir al funeral de un no católico es dar a entender que hay alguna esperanza de salvación fuera de la Iglesia; y asistir a la boda de un acatólico es dar a entender que Dios aprueba el matrimonio fuera de la Iglesia. Un católico no puede ni participar activamente en un culto falso ni asistir a un culto falso o ceremonia no católica para honrar con su presencia “pasiva”. Por tanto, este canon demuestra que este código no es infalible.
El Código de 1917 contradice la tradición inmemorial de la Iglesia sobre la sepultura eclesiástica y no inválida la declaración infalible de la Cátedra de Pedro (que obliga a toda la Iglesia) de que nadie puede entrar al cielo sin el sacramento del bautismo.
Notas:
[1] The 1917 Pio‐Benedictine Code of Canon Law, traducido al inglés por el Dr. Edward Von Peters, Ignatius Press, 2001,
canon 1, p. 29.
[2] Denzinger 1839.
[3] The 1917 Pio‐Benedictine Code of Canon Law, p. 451.
[4] The Catholic Encyclopedia, “Baptism,” Volume 2, 1907, p. 265.
[5] The Catholic Encyclopedia, “Baptism,” Volume 2, 1907, p. 267.
[6] The Papal Encyclicals, vol. 4 (1939‐1958), p. 50.
[7] Decrees of the Ecumenical Councils, vol. 1, p. 74.
[8] Denzinger 714.
[9] The Papal Encyclicals, vol. 1 (1740‐1878), p. 229.
[10] Denzinger 861; Decrees of the Ecumenical Councils, vol. 2, p. 685.
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