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3ª objeción: Usted no puede saber si alguien es un hereje, ni denunciarlo como tal, sin que primero haya un juicio y sentencia declaratoria.
Respuesta: No es así. La sentencia declaratoria que viene después de una excomunión automática no es más que un reconocimiento legal de algo que ya existe. Si esto no fuera así, la excomunión automática no tendría sentido.
La persona excomulgada ya está separada de la Iglesia. La mayoría de los herejes son conocidos por ser herejes sin ningún juicio o sentencia declaratoria, y deben ser denunciados como tales.
Como vemos aquí, la Iglesia Católica enseña que los procesos y sentencias formales no son necesarios para surtir efecto en las excomuniones ipso facto (“en el acto” o “inmediatamente”). Son muy a menudo reconocimientos formales de la excomunión ipso facto que ya se han realizado, como en el caso del hereje Martín Lutero. Esto debería ser evidente para cualquier católico, pero para ilustrar este punto, he aquí lo que Martín Lutero dijo antes de ser públicamente condenado como hereje por el papa.
Martín Lutero, hablando antes de la bula del papa León X en la que se le daba sesenta días para retractarse antes de que se publicara la declaración de excomunión: “En cuanto a mí, la suerte está echada: desprecio por igual el favor y la furia de Roma, no deseo reconciliarme con ella, ni tener comunión alguna con ella. Que me condene y queme mis libros, yo, a su vez, a menos que no pueda encontrar ningún fuego, condenaré y quemaré públicamente todo el derecho pontificio, ese pantano de herejías”[3].
¿Acaso hemos de creer que el hombre que pronunció estas palabras (mucho antes de que fuera condenado formalmente como hereje por una sentencia declaratoria) hubiera continuado siendo católico o hubiera podido ser considerado como tal? Si esta idea no es evidentemente absurda, entonces nada lo es. Es obvio que Martín Lutero era un hereje manifiesto antes de la declaración pública, y cualquier católico consciente de sus creencias podría y debería haberlo denunciado como un hereje manifiesto una vez que ese católico llegare a enfrentarse con esas opiniones escandalosamente heréticas.
Por eso, antes del juicio de Lutero, el cardenal Cayetano “se contactó con el príncipe elector Federico, soberano y protector de Lutero, instándolo a que no ‘deshonre el buen nombre de sus antepasados’ por apoyar a un hereje”[4].
El mismo principio se aplica a un tal hereje llamado John Kerry, un político estadounidense que está a favor del aborto. Casi todos los que profesan ser católicos de mentalidad conservadora, de inmediato estarían de acuerdo en que John Kerry es hereje y no un católico, ya que él rechaza obstinadamente la doctrina católica contra el aborto. Pero este “juicio” lo hacen por cuenta propia, puesto que ninguna sentencia declaratoria se ha publicado aún en su contra. Por lo tanto, ellos aprueban el punto de que no es necesaria una declaración pública para condenar a un hereje. La mayoría de los herejes en la historia de la Iglesia, y casi todos los herejes en el mundo de hoy, han sido y deben ser considerados herejes, sin ningún tipo de declaración, por el simple hecho de que su herejía es manifiesta.
Cuando la herejía es manifiesta y claramente obstinada (pertinaz), como en el caso de Lutero o de Benedicto XVI (que dice que no debemos convertir a los no católicos y que toma parte activa en el culto de la sinagoga), los católicos no sólo pueden denunciarlo como un no católico sin ningún juicio, sino que deben hacerlo. Esta es precisamente la razón de por qué San Roberto Belarmino, doctor de la Iglesia, al abordar esta misma cuestión, afirma inequívocamente que el hereje manifiesto es depuesto y debe ser evitado como un no católico que no tiene autoridad antes de cualquier “excomunión o sentencia judicial”. En este contexto, San Roberto usa la palabra “excomunión” para referirse a la pena de ferendae sententiae (la declaración formal de un papa o un juez)[5].
Repitamos esto: ¡LO QUE SIGNIFICA QUE ES ANTES DE CUALQUIER EXCOMUNIÓN O SENTENCIA JUDICIAL! Así que podemos ver que los anti-sedevacantistas, cuando argumentan que los católicos no pueden denunciar a los herejes manifiestos ―como a Benedicto XVI―, puesto que no ha habido un juicio formal, en realidad, lo entienden todo mal. Su conclusión es una burla completa de la unidad de fe en la Iglesia. Para los que se les haya olvidado, es útil recordar que en la Iglesia Católica hay unidad de fe (como una, santa, católica y apostólica).
Según la conclusión de los anti-sedevacantistas, los católicos tendrían que afirmar que están en comunión con un hombre que admitió públicamente que no quería tener comunión con la Iglesia Católica y que sostenía que todo el derecho pontifico es un pantano de herejías; o con un hombre que está obstinadamente a favor del aborto. Decir que los católicos deben estar en comunión con un hereje manifiesto porque contra él no se ha llevado a cabo ningún proceso, es contrario a la doctrina católica, a la tradición católica y al sentido católico; además de que es contrario a la caridad.
Leer otras Respuestas a las objeciones más comunes contra el Sedevacantismo
Notas:
[2] Denzinger 1547.
[3] The Catholic Encyclopedia, “Luther”, Robert Appleton Company, 1910, pp. 445-446.
[4] Warren H. Carroll, A History of Christendom, Front Royal, VA: Christendom Press, 2000, vol. 4 (The
Cleaving of Christendom), p. 10.
[5] La pena latae sententiae (excomunión automática) es aquélla en la que incurre el delincuente por el hecho de cometer el delito, es decir, sin necesidad de que haya una declaración al respecto por la autoridad eclesiástica. Pero para la pena ferendae sententiae (proceso formal), sí es necesario que haya una declaración. Pero no se puede entender la figura de la pena latae sententiae si no hay contumacia.
[6] The Papal Encyclicals, vol. 4 (1939-1958), p. 41.
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